El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó ayer que emitió una normativa técnica sobre el Estándar Homologado de los Casos de Protección Personal, la cual define y regula el tipo de casco que deberán utilizar de forma obligatoria los conductores y pasajeros de motocicletas en todo el territorio nacional.
La medida se fundamenta en el artículo 157 de la Ley 63-17 y en el decreto 256-20, y fue aprobada a nivel internacional tras ser presentada y validada ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), en cumplimiento con los compromisos de transparencia y cooperación técnica asumidos por República Dominicana.
De acuerdo con un comunicado de prensa, la normativa fue elaborada con asesoría de la Fundación FIA y tras un amplio proceso de consulta con importadores, vendedores, asociaciones de motociclistas, usuarios y entidades del sector.
Fruto del diálogo regional
El anuncio oficial se realizó durante el Diálogo Regional de Políticas Públicas sobre Transporte 2025, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Foro Internacional del Transporte (ITF–OCDE), con la presencia de autoridades, ministros y expertos de la región.
Durante el evento, el director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, señaló que la medida representa un paso firme para reducir muertes por accidentes de tránsito.
“Cada casco homologado representa una vida protegida. Con esta medida reforzamos la seguridad de los motociclistas y sus pasajeros, quienes deben utilizar cascos certificados que garanticen la máxima protección ante un impacto”, expresó.
Cascos certificados bajo estándares internacionales
La normativa establece que solo se considerarán cascos homologados aquellos que cumplan con estándares internacionales certificados por laboratorios acreditados bajo la norma ISO/IEC 17025.
Entre estos figuran:
UN/ECE 22-06 (Unión Europea), FMVSS No. 218 (DOT), SNELL M2020/M2025, GB 811-2022 (China), QCVN 2:2021/BKHCN (Vietnam), IS 4151:2015 (India), NTC 4533 (Colombia), NBR 7471 (Brasil), JIS T 8133:2015 (Japón) y BS 6658:1985 (Reino Unido).
También se aceptarán los cascos bajo el estándar UN/ECE 22-05 mientras mantenga vigencia.
Los cascos homologados deben contar con coraza exterior rígida, sistema de absorción de impactos y retención ajustable. Además, se prohíbe expresamente el uso del medio casco, por su baja cobertura y alto riesgo de lesiones graves.
Uso obligatorio y condiciones
El Intrant recordó que el uso del casco homologado es obligatorio tanto para el conductor como para el pasajero, quienes deben llevarlo correctamente ajustado y abrochado durante todo el recorrido.
Asimismo, precisa que el casco debe estar en buen estado, sin daños estructurales, y debe ser reemplazado tras cualquier accidente o al cumplir siete años desde su fabricación.
Se prohíbe alterar o retirar las etiquetas de certificación, debido a que estas acreditan la autenticidad del equipo. El incumplimiento conllevará sanciones conforme a la Ley 63-17.
Sector motociclista en cifras
En 2024, las motocicletas representaban el 57 % del parque vehicular de República Dominicana, con un total de 3,531,967 unidades.
De estas, cerca de dos millones de motoristas aún no están regularizados, según datos oficiales.
Fiscalización y acompañamiento
El Intrant indicó que, en conjunto con la Digesett, implementará campañas educativas y operativos de supervisión orientados a fomentar el uso de cascos homologados y a garantizar el cumplimiento de la nueva normativa.
Foro previo sobre seguridad
Como parte del proceso de diálogo y fortalecimiento de la seguridad vial, la institución recordó que recientemente celebró el Primer Foro Nacional para el Uso Responsable de la Motocicleta, en el que se discutieron riesgos, buenas prácticas y medidas de protección para los usuarios.
Los aportes de este espacio sirvieron como base para la construcción de la normativa presentada.




