Santo Domingo. – De los 511 adolescentes recluidos en los Centros de Atención Integral para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal (CAIPACLP), 174 se encuentran bajo detención preventiva, de acuerdo con las estadísticas actualizadas a junio de este año por la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC).
Los datos indican que las infracciones más comunes entre los menores son robo agravado, homicidio, microtráfico, así como golpes y heridas.
El informe de la División de Estadística de la Procuraduría General de la República detalla la composición de esta población juvenil:
Detención preventiva: 174 menores
Cumpliendo condena definitiva: 129
Bajo sanciones alternativas: 208 (144 masculinos y 64 femeninas)
Total, general: 511 adolescentes
Centros con más internos
Los CAIPACLP están distribuidos en Hato Nuevo (Santo Domingo Oeste), Villa Consuelo (Distrito Nacional), Santiago, La Vega, La Romana y el IPREMA en San Cristóbal.
El centro con mayor número de menores bajo detención preventiva es Hato Nuevo, con 120 adolescentes, seguido por Santiago, con 48.
Otros centros reportan:
La Romana: 52
La Vega: 43
IPREMA San Cristóbal: 18
Marco legal
El Artículo 290 de la Ley 136-03 establece las condiciones para imponer prisión preventiva a un adolescente, entre ellas:
Indicios suficientes: evidencias razonables que lo señalen como probable autor o cómplice.
Gravedad de la infracción: delitos cuya pena en adultos exceda los cinco años.
Riesgo procesal: peligro de fuga, destrucción de pruebas o amenaza para la víctima o testigos.
La normativa exige que el Ministerio Público solicite la medida en un plazo de 24 horas desde la detención, y que el Juez de Niños, Niñas y Adolescentes decida en igual tiempo, pudiendo optar por medidas menos severas.
¿Quiénes son considerados menores infractores?
Según la Ley 136-03:
Niños (0-12 años): no pueden ser considerados penalmente responsables ni privados de libertad.
Adolescentes (13-17 años): pueden ser sujetos de medidas socioeducativas o sanciones, dependiendo de la infracción.
Los menores de 13 años no pueden ser arrestados ni juzgados penalmente, aunque sí pueden ser incluidos en programas de apoyo, educación y resocialización.




